Según una reciente comunicación del Jefe del Servicio de Espectáculos Públicos y Animales de Compañía, recibida en el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Veterinarios el pasado 29 de marzo (número 6.180 de Registro de Entrada), viene repitiéndose de un tiempo a esta parte, y que consiste en el cambio de raza de perros que figuran inscritos en la sección de animales potencialmente peligrosos del RAIA, a los que se les modifica dicha condición mediante una declaración del Veterinario Identificador actuante, que hace constar en Certificado Veterinario Oficial que el animal en cuestión es de raza “cruzado”, pero sin especificar ninguna de las razas de cruce.
El Servicio de Espectáculos Públicos y Animales de Compañía comunica que se ha constatado que mediante dicha práctica se trata de evitar el cumplimiento de las obligaciones de tenencia de este tipo de animales, y en especial la obtención de la correspondiente licencia administrativa de tenencia, haciendo referencia concreta a un caso reciente.
Por este motivo, siguiendo las instrucciones del citado Servicio de Espectáculos Públicos y Animales de Compañía, y con objeto de evitar este tipo de actuaciones fraudulentas, desde este Consejo Andaluz se han adoptado las siguientes medidas:
- La inscripción de perros de raza “cruzado” requerirá la especificación de la raza o razas de cruce.
- En caso de que no sea posible tal especificación, se requerirá una declaración del Veterinario Identificador en la que manifieste que el perro objeto de identificación, no presenta rasgos raciales propios de ninguna de las razas consideradas como potencialmente peligrosas.
- Se requerirán igualmente, de forma sucesiva, los requisitos descritos en los apartados a) y b) en los casos de solicitud de cambio de raza de perros que figuren en la sección de animales potencialmente peligrosos del RAIA.
Se hace constar que se ha suspendido la tramitación de las inscripciones de perros de raza “cruzado” y cambios de raza solicitados desde la fecha de entrada de la mencionada comunicación, hasta tanto se proceda a su subsanación en los términos expuestos.
Con esta finalidad se han realizado las siguientes modificaciones en RAIA:
– Cuando se introduzca “cruzado” como raza del animal, al enviar la inscripción del animal se mostrará una pantalla como la siguiente:
En ella debe indicarse la raza del cruce o, si esto no es posible, confirmar si presenta o no rasgos de alguna de las razas de perros potencialmente peligrosos.
En el caso de que se indique que el animal presenta rasgos de una o más razas de perros potencialmente peligrosos, se deberá introducir un número de certificado oficial de identificación para animales potencialmente peligrosos, y realizar la tramitación de que se trate con arreglo al procedimiento habitual para estos casos.
– En el caso de Certificados de Identificación que ya hubieran llegado al Consejo y cuya tramitación se hubiera paralizado, se ha previsto el envío de una comunicación al veterinario informando de esta circunstancia. El veterinario deberá contestar seleccionando la opción “impresos pendientes de subsanación”. Allí se le preguntará si el animal presenta rasgos de perro potencialmente peligrosos o no con una linea como la siguiente:
Si no los presentara, se pinchará en esta opción y la inscripción registral seguirá su curso.
Si los presentara, se llevará al veterinario a la siguiente pantalla, donde se le preguntará por el número del Certificado Oficial de Identificación de Animales Potencialmente Peligrosos emitido al efecto, así como del Certificado Oficial de no presentar enfermedades o trastornos que lo hagan especialmente peligros, y el número y la localidad de obtención de la licencia de tenencia de animal potencialmente peligroso del propietario, en su caso.