La constitución del BanGES (Banco de Germoplasma y Tejidos de Especies Silvestres Amenazadas) se materializó en 2003, gracias a un convenio entre el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) y el Ministerio de Medio Ambiente.
El banco no solo conserva óvulos, semen o embriones sino también otras muestras biológicas como sangre, suero, plasma, piel o heces, y tiene la misión adicional de investigar en nuevas técnicas para la preservación y uso de este material genético a través de técnicas de reproducción asistida.
Eduardo Roldán, investigador del MNCN (Museo Nacional de Ciencias Naturales) y responsable del banco, explica a Efe que, en su origen, éste se centró en la estrategia de conservación del lince ibérico, cuya población se ha duplicado en la Península en las dos últimas décadas.
La investigación también se orientó a comprender los efectos negativos de la consanguinidad sobre la reproducción de tres especies de gacela en peligro de extinción, proyecto desarrollado entre Madrid y Almería
En la actualidad, la misión principal del banco es la conservación de las cuatro especies de mamíferos emblemáticos de España: lince ibérico, visón europeo, foca monje y oso pardo (aunque el acceso a material de estos dos últimos y la posibilidad de trabajar con él es muy limitada).
También se conservan muestras de animales no amenazados: el banco se ha expandido para apoyar estudios en otras especies silvestres, con la intención de conservar la mayor diversidad genética posible para el futuro, indica Roldán.
Ha trabajado con felinos sudamericanos o africanos, y ha colaborado con zoológicos españoles, como en 2010, cuando consiguió el nacimiento por reproducción asistida de dos crías de oso panda mellizas, en el Zoo Aquarium de Madrid.
Además de la inseminación artificial, desde el banco pueden hacerse chequeos reproductivos dentro de los programas de cría en cautividad para evaluar la fecundidad de los machos de cara al apareamiento y posteriores cruces, y análisis epidemiológicos.
“La cría en cautividad y los bancos de germoplasma son complementarios”, aclara Roldán, quien añade que “la finalidad de los bancos no es sólo reproductiva sino también de análisis epidemiológico -como por ejemplo la prevalencia de tuberculosis-, y sirven para dar apoyo a los programas de conservación de animales en la naturaleza”.
En este sentido, Roldán detalla que el movimiento de animales de un lugar a otro lleva consigo el riesgo de transmisión de enfermedades, que se evita con el uso del material genético (inseminación artificial).
En los bancos de recursos genéticos no sólo se conservan gametos (óvulos y espermatozoides) y embriones, útiles para la reproducción asistida, sino que de los tejidos almacenados pueden obtenerse fibroblastos (células abundantes en los tejidos fibrosos) y otras células somáticas en perspectiva de una clonación en el futuro.
Aunque solo han investigado sobre clonación con ratones de laboratorio, se dispone de la tecnología para aplicarla a animales amenazados.
Sin embargo, el planteamiento de una posible reproducción a través de la clonación para especies en peligro de extinción debe hacerse, según Roldán, de acuerdo a los criterios de conservación para preservar el máximo de diversidad genética: el número total de características genéticas dentro de una especie, que cuanto mayor es, mejor adaptación a los cambios ambientales proporciona.
Si el tamaño de las poblaciones se reduce, como en las especies amenazadas, aumenta la reproducción entre individuos emparentados (consanguinidad), disminuye la diversidad genética y se transmiten defectos que causan problemas de fertilidad y aumento de la mortalidad, entre otros.
“Recuperar una especie clonándola desde un solo individuo, como se planteó en su momento con el bucardo -un tipo de cabra montés ya extinta-, del que sólo se tenían muestras del último ejemplar, no parece una buena estrategia dentro de estos términos de diversidad genética”, manifiesta Roldán.
Legislación
Hablar de clonación nos remite a cuestiones éticas y legales: un banco de germoplasma y tejidos está sometido a la legislación encargada de la conservación de la naturaleza y gestión de fauna, que depende de las comunidades autónomas, que proporcionan los permisos de acceso a los animales o traslado de muestras, siempre acatando los acuerdos internacionales.
Roldán destaca que ha de respetarse la legislación de cuidados veterinarios y “en caso de realizarse intervenciones sobre los animales con un fin experimental, los estudios deben contar con las autorizaciones de los comités de ética pertinentes”.
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