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PROTOCOLO ACTUACIÓN ANIMALES PROCEDENTES DE UCRANIA

En el presente documento se detalla el protocolo de actuación a seguir con los animales que lleguen a la Comunidad Autónoma de Andalucía, acompañando a refugiados procedentes de Ucrania, siguiendo el protocolo de actuación trazado desde la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Las actuaciones a realizar son las siguientes:

  • Identificación.
  • Verificación y/o expedición de Documentación Identificativa (Pasaporte UE).
  • Incorporación al Registro Central de Animales de Compañía de Andalucía (RAIA).
  • Toma de muestras para realizar prueba de anticuerpos de rabia.
  • Vacunación antirrábica.
  • Desparasitación.

Dichas actuaciones se realizarán en su mayor parte por los Veterinarios Identificadores que por propia voluntad hayan decidido sumarse a esta campaña de forma desinteresada (Veterinarios Identificadores Voluntarios), siguiendo en todo caso las directrices marcadas por el Servicio de Sanidad Animal de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación de la Junta de Andalucía, a través de sus Oficinas Comarcales Agrarias, y son las descritas a continuación:

I.- Actuaciones previas (a realizar por los Veterinarios de las OCA o Veterinarios Identificadores Voluntarios por indicación de la OCA).

  • Todos los animales que acompañen a ciudadanos Ucranianos refugiados deberán ingresar directamente en un centro de acogida habilitado al efecto.
  • El Veterinario de la Oficina Comarcal Agraria o VIV comprobará la identificación, documentación y vacunación de dichos animales y procederá según lo siguiente:
    • Animales con microchip:
      • Accederá al RAIA insertando número de microchip y marcará “Animal procedente de Ucrania” y notificará su localización al veterinario voluntario más cercano (para ello contará con un localizador de veterinarios Voluntarios en RAIA). (Aclarar que si es VIV tendrá que hacer proceso de asignacion)
      • Verificará si el animal viene acompañado o no de documento identificativo válido en la UE (Pasaporte). Caso afirmativo informará del número de documento en RAIA.
      • Verificará vacunación válida. En caso afirmativo informará en RAIA el país y fecha de vacunación.
      •  Notificará la localización del animal al veterinario voluntario más cercano.
    • Animales sin microchip: notificará su localización al veterinario voluntario más cercano.

NOTA: Las actuaciones previas pueden igualmente ser realizadas por los Veterinarios Identificadores Voluntarios por indicación expresa de la OCA competente.

II.- Actuaciones del Veterinario Identificador Voluntario.

Según la situación del animal procederá según lo siguiente:

a) Identificación:

  • Animal con microchip: verificar en RAIA y pasar a b)
  • Animal sin microchip: Insertar chip y pasar a b)

b) Documentación:

  • Animal con Pasaporte UE: verificar en RAIA y pasar a c)
  • Animal sin Pasaporte: expedir pasaporte UE y pasar a c)

c) Desparasitación:

  •  Desparasitar al animal según protocolo del Ministerio y pasar a d).

d) Vacunación antirrábica:

  • Administrar primera dosis y, en su caso, realizar toma de muestras y pasar a e)

Nota: Las actuaciones completas en materia de vacunación antirrábica se describen en apartado III.

e) Inscripción del animal en RAIA:

  • Inscripción en RAIA: Procederá a la inscripción en RAIA del animal mediante documento telemático, que no tendrá coste alguno para el veterinario y sin necesidad de intervención del propietario.

En el proceso marcará opción de “animal procedente de Ucrania”.

NOTA: Téngase en cuenta que se trata de una situación excepcional y que en RAIA consta la incorporación del microchips realizada o autorizada por la OCA.

III. Vacunación antirrábica

La verificación de la vacunación requiere que se trate de un animal identificado y acompañado de documentación acreditativa de la vacunación (las dudas sobre la autenticidad de la documentación se tramitarán con los servicios veterinarios oficiales, quienes determinarán la validez o no de dicha documentación)

CASO 1) Animal vacunado en Ucrania

a) Revacunación (con asignación de sello de rabia según normativa andaluza) y extracción de sangre para titulación de anticuerpos de rabia.

b) Envío de muestra al Laboratorio de Santa Fe.

(Permanencia del animal en centro de acogida para espera de resultados).

c) Resultados primera titulación:

Titulación favorable: aislamiento domiciliario del animal hasta completar un periodo de 3 meses desde la extracción de sangre.

Titulación desfavorable: nueva titulación a los 30 días y permanencia en cuarentena en centro de acogida.

d) Resultados segunda titulación:

Titulación favorable: aislamiento domiciliario del animal hasta completar un periodo de 3 meses desde la primera extracción de sangre.

Titulación  desfavorable: revacunación a los 2 meses de la anterior vacuna, permanencia  en el centro de acogida y nueva titulación de anticuerpos pasados 30 días de la segunda vacunación.

e) Resultados tercera titulación:

Titulación favorable: aislamiento domiciliario del animal hasta completar un periodo de 3 meses desde la primera extracción de sangre.

Titulación desfavorable: se completará la cuarentena en el centro por un periodo máximo de 6 meses desde la primera extracción de sangre.

CASO 2) Animal vacunado a la entrada en la Unión Europea

a) Extracción de sangre para titulación de anticuerpos de rabia pasados más de 30 días desde la vacunación.

(Permanencia del animal en cuarentena en centro de acogida a la espera de resultados).

Titulación favorable: aislamiento domiciliario del animal hasta completar un periodo de 3 meses desde la primera extracción de sangre.

Titulación desfavorable: revacunación a los 2 meses y se continuará de la misma forma que en el CASO 1.

CASO 3) Animal no vacunado

a) Primo vacunación: Se seguirá la normativa andaluza y en concreto la pauta de vacunación establecida en la Orden de 10 de abril de 2010 (dos dosis separadas de treinta días). Permanencia del animal en centro de acogida.

b) Pasados 30 días desde la finalización de la primo vacunación (desde la segunda dosis), extracción de sangre para titulación de anticuerpos.

c) Resultados primera titulación:

Titulación favorable: completará el periodo de cuarentena de 3 meses en centro de acogida.

Titulación desfavorable: revacunación a los 2 meses y se continuará de la misma forma que en los CASOS 1 y 2.

NOTAS COMUNES:

– El coste de los microchip, pasaporte UE, inscripción en RAIA, antiparasitario, vacuna antirrábica, sellos de rabia y envío al laboratorio de Santa Fé de muestras para titulación de anticuerpos de rabia, serán reintegrados por el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Veterinarios a los Veterinarios voluntarios.

Para la reintegración del coste de vacunas antirrábicas, antiparasitarios y gastos de transporte para envío de muestras a laboratorio, será necesario que el Veterinario expida factura al Consejo Andaluz comprensiva de los gastos a reintegrar, así como la acreditación de tales gastos mediante copia de la correspondiente factura de adquisición.

Dicho importe será reembolsado mediante transferencia bancaria a la cuenta facilitada a tal efecto por el Veterinario voluntario.

La reintegración de microchips, pasaportes y sellos de rabia se realizará por el CACV de forma gratuita mediante la reposición del material utilizado.

ADVERTENCIAS Y PRECAUCIONES-

Animales llegados a Andalucía en desplazamiento privado: Los casos de animales que se presenten en centros veterinarios privados sin conocimiento de la autoridad competente, deberán ser comunicados a dicha autoridad competente a la mayor brevedad, con objeto de que sometidos a las actuaciones contempladas en el presente protocolo.

– Precauciones clínicas: Teniendo en cuenta la alta incidencia de la rabia en Ucrania, deben adoptarse todas las precauciones posibles en el cuidado y manejo de los animales utilizando equipos de protección adecuados.

– Observación del comportamiento de los animales: Asimismo, resulta fundamental la observación de los animales con objeto de detectar posibles síntomas de la enfermedad. Tales síntomas, de forma resumida, son los siguientes:

– Cambios de comportamiento.

– Pupilas dilatadas.

– Cambios en la forma de emitir sonidos.

– Salivación excesiva.

– Fobia al agua y a la luz.

– Parálisis y temblores.

De igual forma debe advertirse a los propietarios de los animales de la necesidad de observar el comportamiento de sus animales por si detectasen cualquiera de estos síntomas.

En este sentido se hará entrega a los propietarios de un documento traducido a idioma Ucraniano que será distribuido desde el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Veterinarios.

Plan de Contingencia para el control de la rabia en animales domésticos en España: Aun tratándose de una situación excepcional, entendemos que deben tenerse presente en todo momento las prescripciones previstas en el citado plan de contingencias, adoptando las medidas que en cada caso resulten procedentes ante la detección de posibles casos de la enfermedad.

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